Es infinita la
información que en materia de prevención de riesgos laborales podemos extraer
de los accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales que analizan las
sentencias judiciales. Dicha información nos puede ayudar a conocer, entre
otros aspectos, situaciones de riesgo
que pueden producir determinadas condiciones de trabajo, muy importante para
poder “prevenir”, así como las medidas
preventivas que deberían ser adoptadas.
Destacamos lo contenido
en una sentencia que analiza un accidente de trabajo de un trabajador debido a
una intoxicación por monóxido de carbono
cuando operaba en un depósito de pellets,
dando lugar a su fallecimiento. En
ella se hace referencia a un estudio de
2012 del departamento británico Health and Safety Executive (HSE) en el que
se establece que la reacción química que genera el monóxido de carbono en los
espacios de almacenamiento de pellets de madera es la autooxidación,
especialmente la oxidación de los ácidos grasos de la madera. En dicho estudio
se contiene que pequeñas cantidades de pellets de madera en un espacio
confinado pueden producir cantidades potencialmente mortales de monóxido de
carbono y que los factores de generación del gas dependen de los siguientes
factores: tiempo de almacenamiento, temperatura, humedad, tipo de madera y
otros factores, como la superficie del pellet. La madera de pino contiene más
ácidos grados que otros tipos de madera.
Se señala que el monóxido de carbono es un gas inodoro y
tóxico, cuya afinidad para unirse con la hemoglobina de la sangre es muy
superior a la del oxígeno, de ahí que en los espacios confinados la inhalación
del moxóxido de carbono cause la asfixia por alta de aportación de oxígeno. La
carboxihemoglobina es un compùesto sanguíneo estable formado por desplazamiento
del oxígeno de la oxihemoglobina cuando se combina con monóxido de carbono. A
partir de un nivel de saturación en sangre de carboxihemoglobina del 30% puede
darse afectación de las funciones cerebrales y provoca somnolencia y a partir
de niveles del 50% puede causar la muerte en individuos sanos.
Entre las medidas preventivas que deberían haber
sido adoptadas por la empresa empleadora del trabajador accidentado, se
señalan:
- Adopción de las medidas adecuadas
de seguridad para el desarrollo del trabajo en espacios confinados, debiendo
asegurar una buena ventilación a
la hora de acceder al depósito de biomasa y con autorización.
- La empresa que realice las tareas
de mantenimiento del depósito debe elaborar un procedimiento específico de
trabajo.
- El espacio confinado (depósito de
pellets) deberá contener una correcta
señalización y cualquier trabajador que deba realizar tareas de mantenimiento o reparación de la instalación de biomasa
debe cumplir con los procedimientos establecidos en la NTP 223 (trabajos en recintos confinados), 562 (sistema de gestión preventiva: autorizaciones de espacios
especiales) y 30 (permisos de
trabajo especiales). Al responsable del centro le corresponderá la prohibición
del acceso al depósito de personal no autorizado.
Fuente: Centro Nacional de Documentación
Judicial. Cendoj.
Acceso a través de PreventiQ.es, número de
referencia 626
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